Contact Center: Las tareas previas al “login” del trabajador son tiempo de trabajo

Desde UGT siempre se ha defendido que muchas de las empresas de Contact Center mantienen un perverso “control” del “tiempo de trabajo”, puesto que entienden que has comenzado a trabajar solo cuando te logas o haces login.

Por tanto, estas empresas, no consideran como que “has llegado al trabajo”, y por tanto estás “trabajando ya”, ese tiempo (a veces interminable) en los que enciendes el ordenador, se inician las aplicaciones o incluso esperas a que se levante un compañero puesto que está acabando una llamada.

La Sentencia ha dejado meridianamente claro que: encender el ordenador, iniciar las aplicaciones, esperar a que se vaya un compañero del puesto, son también tiempo de trabajo; cosas que hacemos antes de “logarnos” son tiempo de trabajo si el “control horario” se hace a través del login.

Una empresa despidió a un trabajador por considerar “faltas de puntualidad reiteradas”, el “logarte” más tarde por encender el ordenador. La sentencia ha resuelto en los siguientes términos, declarando el despido improcedente:

  • Los tiempos de encendido o de arranque del ordenador son tiempo de trabajo.
  • Los tiempos de incidencias en el encendido o aplicaciones, hasta el login, son tiempo de trabajo.
  • El tiempo que esperamos, si no hay otro sitio libre, a que se vaya un compañero/a y ocupar su puesto, son tiempo de trabajo.

Al respecto de la prolongación de la jornada, atendiendo una llamada, aclarar que desde UGT entendemos que es un acto de profesionalidad voluntaria, y nunca una obligación, es decir lo contrario que lo que defendía CGT en la demanda que presentó contra Konecta BTO (y que perdió).

Como les conocemos y posiblemente os cuenten que “es mentira”, aquí os referenciamos la demanda donde piden y dicen semejante dislate, ante la Audiencia Nacional, vía link o vía QR:

https://drive.google.com/file/d/1-kZTyHYg-6jTueFpEDdKX_MRCCTvMYBM/view?usp=drivesdk

Aclarar que ni el Convenio de Contact Center permite tal cosa, ni la legalidad vigente, ni desde luego UGT apoya semejante disparate.

Otra cosa es que las empresas estén usando esta demanda de CGT para decirle a los trabajadores/as del Sector que un sindicato dice que coger llamadas más allá del fin del turno es obligatorio. Menos mal que no son firmantes del Convenio Colectivo, y lo que dicen en sus demandas no es más que papel mojado.

En resumen:

  • No tienes que “llegar antes” para encender el equipo y las aplicaciones antes de logarte a coger/emitir llamadas.
  • La empresa no puede descontarte ese tiempo u obligarte a recuperarlo.
  • La empresa, por la razón anterior, no puede sancionarte por “faltas de puntualidad”.

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