El Sindicato Aéreo de UGT traslada a sus delegados un protocolo de acción ante la situación de alerta sanitaria

UGT entiende que ante la situación que estamos viviendo en muchos aeropuertos y otros centros de trabajo, con situaciones que pueden impedir la correcta protección de los trabajadores y trabajadoras, por aglomeraciones de personas que impiden el cumplimiento de los espacios de seguridad, faltas de medios de protección, problemas de higiene, etc. es necesario tomar medidas contundentes

Tras el decreto del Estado de Alarma con el fin de afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19, el Gobierno de España mediante las facultades otorgadas a los Ministerios de Sanidad, Defensa, Interior y Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, ha emitido un RD en el cual se insta a los ciudadanos y ciudadanas a cumplir una serie de obligaciones en materia de protección para evitar la expansión de la enfermedad.

Ante la situación que se está viviendo en muchos aeropuertos y otros centros de trabajo, con situaciones que pueden impedir la correcta protección de los trabajadores y trabajadoras, por aglomeraciones de personas que impiden el cumplimiento de los espacios de seguridad, faltas de medios de protección, inicio de problemas de higiene (papeleras desbordadas, falta de limpieza y papel en los baños, etc),  el Sindicato Sectorial Aéreo de FeSMC-UGT  ha informado a sus secciones sindicales que deben:

  • Promover INMEDIATAMENTE reuniones, en el formato que se considere oportuno, de los Comités de Centro o Delegados de Personal, o en su defecto de los Comités de Seguridad y Salud, a fin de analizar de forma conjunta la gravedad de la situación en el centro de trabajo.
  • Si se comprueba que no se dan las condiciones adecuadas para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras, se comunicará inmediatamente la situación a la empresa.
  • Si tras esto, no se toman inmediatamente las medidas necesarias para revertir la situación, se propondrá al resto de las fuerzas sindicales que participan en dichos organismos, tomar la decisión de promover la PARALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD, bien total del centro de trabajo, bien en aquellas áreas donde no se garanticen las condiciones mínimas, bien de aquellos trabajadores y trabajadoras individualmente a los que no se les garantice tales condiciones.

Todo ello, basado en lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Como medidas de seguridad mínimas a exigir a las diferentes empresas UGT pedirá, además de las establecidas por los Servicios de Prevención para los servicios de Tierra, las siguientes:

  • Facilitar a los trabajadores EPIS de protección individual, mascarillas y guantes, para el desempeño de sus funciones.
  • Adoptar medidas organizativas para evitar afluencias de trabajadores, siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias, que eviten los riesgos de exposición en grupos, eliminando los solapes en los relevos y suspendiendo o reduciendo el número de trabajadores en los briefing.
  • Establecer procedimientos inmediatos para evitar las colas de pasajeros delante de los mostradores de facturación y puertas de embarque, o en todo caso, mantener la distancia mínima de seguridad.
  • En zona de embarque, no realizar embarques tácitos, los cuales comportan una aglomeración de gente en un espacio pequeño sin respetar la mínima distancia de seguridad.
  • Utilización de las jardineras a un tercio de su capacidad, para mantener la mayor distancia de los usuarios, tal como recomiendan las autoridades sanitarias.
  • Desinfección de los ordenadores y equipos de uso compartido, checking, hubs, myps, móviles, emisoras, tablets, etc, o en todo caso, facilitar toallitas o geles desinfectantes para que los empleados puedan hacer uso de ellos.
  • Limitar el número de trabajadores por tractor y vehículos de transporte en la asistencia en la rampa.
  • En la Dirección Técnica, realizar las tareas de mantenimiento guardando la distancia entre trabajadores según recomendaciones sanitarias y en caso de no ser posible, facilitar los EPIs adecuados como medida preventiva.
  • Garantizar que se guarden distancias de 1,5 metros entre trabajadores en las zonas de alta concentración como relojes de fichar, máquinas de café, salas de reuniones, etc.
  • Flexibilizar los horarios de refrigerio para reducir el número de trabajadores a la vez usando los comedores, organizando los tiempos de comida para tratar de evitar la concentración en las salas de descanso, promoviendo el uso de distintas áreas disponibles de las distintas unidades de IB en los centros de trabajo.
  • Por último, programar las desinfecciones preventivas de los aviones conforme a las recomendaciones de EASA y los procedimiento establecidos por la OMS e IATA, no sólo pensando en los pasajeros, sino también en todos los trabajadores de IBERIA y del resto de empresas que asisten en la operativa, realizando desinfecciones adicionales también antes de efectuar trabajos específicos a bordo y antes de la hangarización de las aeronaves.

Para los colectivos de Vuelo:

  • Facilitar para su uso y en cualquier fase de la operación mascarillas y guantes.
  • Habilitar, en las aeronaves donde sea posible, uno de los cuartos de baño del avión para uso exclusivo de los tripulantes, evitando con todo ello y en gran medida la exposición al virus, tal y como se está llevando a cabo desde hace días en colectivos pertenecientes a superficies comerciales, sanitarios y personal farmacéutico.
  • Suprimir aquellos servicios gastronómicos que no sean considerados esenciales por la autoridad sanitaria y/o aeronáutica.
  • Informar a los clientes que deben observar de manera estricta la distancia de seguridad requerida cuando se dirijan a los tripulantes.

Todo ello, además del resto de medidas pautadas en  el protocolo diseñado por la Comisión Ejecutiva Confederal,  y fundamentalmente las contenidas en el apartado 3 que son entre otras:

  • Reclamar la evaluación de riesgos biológicos.
  • Solicitar formación e información relacionadas con las medidas preventivas frente a la COVID-19.
  • Prestar especial atención a la protección de los trabajadores especialmente sensibles, embarazadas o trabajadoras en situación de lactancia natural.
  • En caso de inacción por la parte empresarial los delegados de prevención pueden interponer una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

El Sindicato Sectorial Aéreo de FeSMC-UGT señala que deben ser reportados inmediatamente a los miembros de la Comisión Permanente del Sindicato Estatal las medidas que se vayan acordando en los diferentes centros para una mejor coordinación a nivel nacional.

Muchas gracias por el esfuerzo que estáis realizando todos y todas.

Mucho ánimo y mucha fuerza.

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