És necessària una regulació de les empreses multiserveis que protegeixi els drets laborals

multiservicios_ugt_comunicadoEls sindicats UGT i CCOO han subscrit una declaració en relació a l’externalització de serveis a través d’empreses multiserveis, en la qual demanden una millor  regulació del fenomen de l’externalització i subcontractació mitjançant els convenis col·lectius sectorials i les reformes legislatives necessàries. Tots dos sindicats alerten que la proliferació al mercat de les empreses d’externalització pot suposar el debilitament de les condicions de treball en les empreses principals, la reducció dels drets laborals i la reducció dels salaris i que la reforma laboral, en atorgar al conveni d’empresa la prioritat aplicativa d’aspectes essencials de la relació laboral, enfront del sectorial, ha agreujat la situació de manera quantitativa i qualitativa.

A continuació us traslladem el text íntegre de la Declaració en la qual es detallen les actuacions sindicals a seguir.

Las Confederaciones Sindicales de CCOO y UGT, reunidas el pasado 12 de marzo, coinciden en el análisis de la problemática existente en relación a la externalización de servicios a través de empresas multiservicios, así como a los efectos de la creciente creación de nuevos convenios en este tipo de empresas.

La externalización de servicios se extiende cada vez a más tipos de actividades, sectores y empresas. La subcontratación de actividades, la sucesión de empresas y la cesión ilegal de trabajadores son situaciones que, con frecuencia, vienen asociadas a la actividad de las empresas multiservicios.

La proliferación en el mercado de las empresas de externalización puede suponer el debilitamiento de las condiciones de trabajo en las empresas principales, la reducción de los derechos laborales y la reducción de los salarios, a través simplemente de la creación de mercantiles a las que se les dota de un convenio colectivo propio, inferior siempre a los salarios de los convenios del sector. De esta manera, se degradan las condiciones de trabajo, y se producen situaciones de desigualdad en las condiciones laborales de los trabajadores.

Las consecuencias más patentes son el incremento de la competencia desleal entre las empresas de un mismo sector, la implantación de dobles escalas salariales, la reducción de las plantillas oficiales, y la apertura de nuevos espacios no regulados que escapan al control de la cesión ilegal de los trabajadores. A través de la Ley 14/1994, sólo se permite la contratación de trabajadores temporales para cederlos temporalmente a otra empresa a través de las ETTs, por lo que se hace necesario evitar la utilización de la técnica de la contrata o subcontrata para burlar las exigencias legales.

La reforma laboral, al otorgar al convenio de empresa la prioridad aplicativa de aspectos esenciales de la relación laboral, frente al sectorial, ha agravado la situación de forma cuantitativa y cualitativa.

UGT y CCOO hemos manifestado en reiteradas ocasiones que la normativa no está adaptada a estas nuevas y crecientes actividades, lo que convierte en necesaria su revisión. Es imprescindible que no siga extendiéndose la reducción del campo de la relación contractual, en pro de la expansión de las formas civiles y mercantiles de prestación de servicios. La nueva regulación deberá articular que estas nuevas formas de organización productivas no generen situaciones laborales discriminatorias.

La acción sindical y la negociación colectiva son estrategias fundamentales para defender el marco sectorial y limitar la invasión indiscriminada de actividades de estos convenios de empresa.

Ante esta nueva realidad productiva y la situación del marco legal y contractual, ambas organizaciones apuestan por coordinar conjuntamente cuantas acciones sean necesarias para conseguir una mejor y mayor regulación del fenómeno de la externalización y subcontratación mediante los convenios colectivos sectoriales y las reformas legislativas necesarias. Para ello, los dos sindicatos, UGT y CCOO, acuerdan llevar a cabo, entre otras, las siguientes actuaciones:

1.- No promover la creación de nuevos convenios colectivos en empresas multiservicios en tanto no se reforme el marco legal y convencional.

2.- Aquellas negociaciones de convenios de empresa multiservicios que se encuentren ya abiertas, deberán intentar comprometer la aplicación, al personal de sus plantillas que intervenga en la ejecución de una actividad para una empresa cliente, de las mismas condiciones, salariales y laborales, que tengan las plantillas de la empresa cliente o al menos las establecidas en el convenio sectorial aplicable a la actividad desarrollada.

3.- En cualquier caso, no se firmarán convenios que no cumplan con las mínimas garantías laborales y salariales recogidas como base en el cuerpo de esta declaración.

4.- Hacer un seguimiento conjunto por las correspondientes Federaciones de los nuevos convenios de empresas multiservicios para impugnar, con el consenso confederal, aquellos en los que se encuentren indicios de vulneración de la legalidad vigente.

5.- Crear grupos de trabajo de ámbito federal y/o confederal para abordar de forma conjunta la evolución de la situación y las actuaciones que sea preciso desarrollar de forma conjunta o coordinada, en el ámbito de la negociación colectiva, diálogo social, procedimientos judiciales o promoción de elecciones sindicales.

6.- Hacer propuestas conjuntas para regular y limitar los procesos de externalización de servicios en los convenios sectoriales de los distintos ámbitos. Promover la inclusión en los convenios sectoriales y en los convenios de las empresas principales, de cláusulas que preserven las condiciones mínimas aplicables a los trabajadores/as de las empresas subcontratadas.

7.- Elaborar una propuesta sindical de reforma del marco legal a presentar a las confederaciones empresariales y al Gobierno para su negociación, así como a los partidos políticos para que se comprometan con una actuación legislativa de apoyo a los contenidos de la propuesta sindical. A tal efecto, se creará un grupo de trabajo para la elaboración del análisis del actual marco legal y la elaboración de la propuesta sindical de modificación del mismo.

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