La nueva prestación para parados de larga duración es una medida imprescindible para una situación insostenible

Las organizaciones sindicales UGT y CCOO, junto con el Gobierno y las organizaciones patronales CEOE y CEPYME han firmado  el Programa Extraordinario de Activación (PEA), que estará vigente entre el 15 de enero de 2015 y el 15 de abril de 2016, y cuyo objetivo es potenciar la inserción laboral de los parados de larga duración mediante actuaciones específicas de los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas y una ayuda económica de acompañamiento equivalente al 80 por ciento del IPREM (426€).
El Secretario General de UGT, Cándido Méndez, ha afirmado durante su intervención en el acto protocolario de la firma que “es un acuerdo imprescindible para una situación insostenible”.
Méndez, ha afirmado que “la recuperación económica no va a llamar a la puerta de millones de españoles, y particularmente de los beneficiarios de este acuerdo.
Por lo tanto, era fundamental adoptar una iniciativa con dos dimensiones: apoyo económico, y favorecer la vuelta al empleo. Los beneficiarios son personas que están duramente golpeadas por la pobreza sobrevenida y por el incremento de la desigualdad.
Para UGT este programa debe contribuir, en términos reales, a aumentar la cobertura real por desempleo en 2,5 puntos por cada cien mil personas acogidas al plan, que puede alcanzar las 450 mil personas”.
El Secretario General de UGT ha recordado que “sin la firma de este acuerdo el diálogo social no hubiera podido continuar”, pero es una actuación que debe completarse mediante el desarrollo de algunas otras materias previstas en el acuerdo de Diálogo Social firmado el pasado mes de julio, como” la elaboración de un mapa de prestaciones y subsidios sociales en todo el territorio estatal que debe terminarse antes de fin de año, la revalorización del Salario Mínimo Interprofesional, la situación de los empleados públicos que han perdido entre un 14 y un 27 por ciento de su retribución, y todo lo relacionado con la necesidad de reindustrialización”.
Podrán acogerse a este programa aquellos trabajadores que reúnan los siguientes requisitos:
– Personas desempleadas que hayan trabajado anteriormente y que terminaran su último trabajo de forma involuntaria.
– Deben figurar inscritos como demandantes de empleo a 1 de diciembre de 2014, y haber estado inscritos de forma ininterrumpida al menos durante 12 meses de los 18 anteriores a su inscripción en el programa, con excepción de aquellos casos en los que se dieran de baja como demandantes de empleo por haber tenido un trabajo de menos de tres meses de duración.
– Haber agotado hace más de seis meses la percepción de prestaciones (Planes PREPARA, PRODI o la tercera renta activa de inserción) y no tener derecho a ninguna otra prestación.
– Tener responsabilidades familiares y carecer de otras rentas o que las que reciban sean limitadas (en los términos previstos en el artículo 215 de la Ley General de Seguridad Social). La percepción del PEA es incompatible con la percepción de otras rentas como un salario social, renta mínima de inserción, o ayudas análogas de asistencia social de las Comunidades Autónomas.
– Quienes se inscriban en el programa deben firmar en el momento de la solicitud un compromisode actividad que les obliga a realizar las acciones que determinen los Servicios Públicos de Empleo o las agencias privadas de colocación colaboradoras, es decir: realizar y acreditar una búsqueda activa de empleo, participar en las acciones de políticas activas de empleo que le propongan los Servicios Públicos de Empleo, no rechazar ninguna oferta adecuada de empleo.
– La parti​cipación en el programa es compatible con el empleo, ya que el trabajador podrá ser contratado a tiempo completo o parcial, y los empleadores también podrá percibir incentivos.

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