Preacuerdo parcial en el Convenio de Seguros y Mutuas para los años 2020 – 2024

El convenio de Seguros afecta a unos 73.000 trabajadores y trabajadoras en toda España.

El pasado día 30 de julio, hemos alcanzado un Preacuerdo Parcial para un nuevo Convenio Sectorial de Seguros y Mutuas que tendrá una vigencia de 5 años (2020 a 2024).

En el Plenario de la mesa negociadora del Convenio de Seguros y Mutuas hemos alcanzado un preacuerdo parcial entre las asociaciones empresariales UNESPA, AMAT y la Confederación Española de Mutualidades y los Sindicatos FeSMC-UGT, y Comisiones Obreras.

El preacuerdo parcial queda pendiente de la globalidad del convenio y su ratificación por los órganos del sindicato.

Como avanzábamos en nuestro anterior comunicado, sin perjuicio de seguir trabajando a la vuelta del verano en las materias que han sido objeto de negociación en este largo año y medio de complejas negociaciones por la incidencia de la Pandemia, la base del  preacuerdo parcial lo conforma, el trabajo a distancia, los incrementos económicos nominales, los incrementos en la compensación por jornada partida, la desconexión digital y los derechos digitales, registro de jornada, subcontratación y jubilación obligatoria entre otros aspectos.

En trabajo a distancia, establecemos en el ámbito Sectorial unas condiciones mínimas que puedan ser mejoradas y desarrolladas mediante la negociación colectiva en las empresas. Incluiría una compensación de 2 euros por día de teletrabajo, la entrega de un PC o equivalente, así como los medios necesarios para realizar el trabajo, mantener el redactado actual sobre compensación de comida por jornada partida, así como incluir medidas para evitar los riesgos psicosociales.

En los incrementos salariales, hemos acordado un incremento fijo para los años 2020, 2021 y 2022 (0,5%, 1% y 1% respectivamente).

En los años 2021 y 2022 se ha establecido una cláusula de revisión que sería efectiva en el año 2022, consistente en el 120% del incremento de cada año en el supuesto de que la inflación se sitúe por encima del 2% en cada ejercicio.

Respecto a los años 2023 y 2024 se acordaría una referencia sobre datos macroeconómicos -PIB e IPC-, como en el anterior Convenio (arts. 37 a 39.

Compensación de comida en jornada partida. En los años 2020, 2021 y 2022 se establece la compensación en 11,10 €, para el año 2023 en 11,20€ y 2024 en 11,30€.

Jubilación obligatoria, se incorpora la posibilidad de que la empresa pueda decidir la jubilación obligatoria de la persona trabajadora a su edad ordinaria si cumple los requisitos previstos por la Seguridad Social para percibir el 100% de la pensión. Si la Empresa toma esta decisión deberá contratar a una nueva persona trabajadora con contrato indefinido y a tiempo completo.

En materia de Subcontratación, hemos acordado tratar esta problemática dentro del Observatorio Sectorial.

En relación con la Brecha Salarial por razón de género, hemos acordado analizar esta problemática en el seno de la Comisión de Igualdad y elaborar un compendio de buenas prácticas en la materia.

Derechos digitales y desconexión digital, este derecho deberá adaptarse a la naturaleza y características de cada puesto de trabajo para que no sea necesario responder fuera de la jornada a ninguna comunicación sobre asuntos profesionales, su objetivo será el de preservar la privacidad y el de potenciar la conciliación de la actividad laboral con la vida personal y familiar.

Registro de jornada, disponemos una garantía para que el sistema de registro respete el inicio y la finalización de la jornada, de cada persona trabajadora, para que ésta no se vea alterada, así mismo se respetarán los acuerdos que existan en cada Empresa. 

Nos hemos citado para el próximo 3 de septiembre al objeto de continuar con las conversaciones sobre el resto de materias que han sido objeto de negociación y que a fecha de hoy no han sido concluidas con acuerdos.

Entre otras materias tenemos pendiente la actualización de los capitales del Seguro de Vida y resto de conceptos económicos (dietas, kilometraje, compensación por movilidad geográfica, etc.), la actualización de la previsión social complementaria, la ultraactividad, clasificación profesional, formación, política de empleo e igualdad, tiempo de trabajo, derechos sindicales y responsabilidad social de las empresas.

Con este preacuerdo que desde FeSMC-UGT valoramos positivamente, damos un paso importante en la consecución de un nuevo convenio para los sectores de seguros y mutuas.

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