Servicio de Restauración a Bordo: Las decisiones que afectan a la plantilla deben negociarse

En las programaciones publicadas para el presente mes de mayo, la empresa nos ha sorprendido con circulaciones que incumplen el descanso mínimo entre jornadas. Ante esta situación, la RLT solicitó la reunión urgente de la Comisión Paritaria, órgano encargado de velar por la interpretación y cumplimiento del convenio colectivo.

En la reunión celebrada el pasado viernes, la empresa ha manifestado que no considera que existan circulaciones con falta de descanso, dando a entender que las pernoctaciones con menos de 8 horas son tiempo de espera y no de descanso entre jornadas, en similitud con los tiempos de escala en las circulaciones de una fecha, a los que se suma la posibilidad de prescindir de las habitaciones de hotel sustituyéndolas por salas para tal efecto.

Igualmente, durante la reunión han afirmado categóricamente que la decisión viene avalada por la mayoría de la plantilla, teóricamente, para promover y mejorar la conciliación familiar.

El 8 de febrero, desde UGT entregamos una propuesta en el seno de la Comisión de Gráficos recogiendo una serie de circulaciones que podrían ser excepcionadas de los límites de descanso entre jornadas del convenio colectivo, siempre bajo acuerdo y con contrapartidas para los trabajadores, como un mejor aprovechamiento de los tiempos de descanso, promoviendo así una conciliación real para la plantilla. Sin embargo, CCOO ha sido la única organización que se ha mostrado contraria a explorar esa vía, limitándose a proponer que esas circulaciones sean realizadas por personal voluntario, con la única contrapartida de computar las horas de presencia, algo que la empresa ya ha hecho.

En cualquier caso, desde UGT consideramos que esas decisiones deben ser tratadas en los foros adecuados, buscando el consenso entre las partes, nunca de manera unilateral y vulnerando el convenio colectivo, lo que nos llevó a interponer una denuncia ante la Inspección de Trabajo el pasado lunes 30 de abril.

Por otra parte, también se ha tratado la convocatoria de la empresa para la consolidación de puestos de JT. Desde UGT mantenemos que el número de puestos ofertados es insuficiente, además de considerar que los requisitos impuestos por la empresa pueden vulnerar los principios de igualdad y no discriminación que deben regir este tipo de convocatorias así como la irrenunciabilidad de derechos consagrada en nuestro ordenamiento jurídico, por lo que nos reservamos el derecho a tomar las medidas oportunas.

Comments are closed.