La Audiencia Nacional da la razón a UGT: en caso de múltiples servicios, se aplicará el convenio de la actividad principal

La sentencia deja claro –tal como señalaban los servicios jurídicos de UGT– que “el convenio aplicable en empresas dedicadas a más de una actividad será el correspondiente a la que se desarrolle principalmente”, es decir, asistencia en tierra (handling) “sin que por otro lado, la empresa haya sido capaz de demostrar que su actividad sea la de seguridad”. El pasado 29 de noviembre, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dio la razón a UGT en la demanda Continua llegint