UGT demanda a a patronal de Contact Center la compensación por el teletrabajo

Tras la publicación en el BOE la regulación sobre el “trabajo a distancia”, que en el mismo se dice lo siguiente:

Al trabajo a distancia implantado excepcionalmente en aplicación del artículo 5 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, o como consecuencia de las medidas de contención sanitaria derivadas de la COVID-19, y mientras estas se mantengan, le seguirá resultando de aplicación la normativa laboral ordinaria.

En todo caso, las empresas estarán obligadas a dotar de los medios, equipos, herramientas y consumibles que exige el desarrollo del trabajo a distancia, así como al mantenimiento que resulte necesario.

En su caso, la negociación colectiva establecerá la forma de compensación de los gastos derivados para la persona trabajadora de esta forma de trabajo a distancia, si existieran y no hubieran sido ya compensados.

En UGT no nos lo hemos pensado, y ya hemos demandado a la Patronal para que se siente a negociar la compensación por el teletrabajo que, en general, se niegan a pagar.

En UGT estimamos que debe haber un acuerdo para todo el sector.

En otro orden de cosas, aprovechamos para informaros que se continuará negociando el III Convenio de Contact Center el próximo 15 de octubre.

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