Abrimos campaña para el Servicio de la confección y presentación de la declaración de la Renta 2018

CAMPAÑARENTA2018

Abrimos campaña para el Servicio de la confección y presentación de la declaración de la Renta 2018

Te dejamos unos consejos y algunas novedades.

Recuerda que des de CTAC-Autònoms, realizamos el Servicio para la confección y presentación de tu Declaración de la RENTA!

Contacta con nosotr@s al 93 327 14 98 / ctac@catalunya.ugt.org

Antes de presentar tu declaración

Cómo contribuyentes, puntos principales a tener en cuenta antes de presentar la declaración. Son los siguientes:

-Las fechas: A partir del pasado 1 de abril pueden empezar a solicitar cita previa los contribuyentes que quieran que la Agencia Tributaria les llame para presentar la declaración de la renta. Se puede hacer en la web. A partir del pasado 2 de abril se puede presentar la declaración por internet. Si prefieres presentarla personalmente en las oficinas habilitadas para ello o las entidades colaboradoras, tendrás que esperar hasta el 14 de mayo. Recuerdan también que el 25 de junio finaliza el plazo para aquellos contribuyentes que les sale a devolver y quieran hacerlo con domiciliación en su cuenta corriente. El 1 de julio finaliza la campaña.

-Declaración de los préstamos. Muchas personas dudan sobre si deben declarar o no los préstamos personales. En lo que respecta a los préstamos hipotecarios, solo aquellas personas que lo firmaron antes de 1 de enero de 2013, pueden hacerlo.

Novedades de la campaña 2018

un total de 10 novedades entre las que destacan las siguientes:

-Aumenta la reducción por rendimientos del trabajo para los contribuyentes que cobren un salario bruto inferior a 13.115 euros, que pasa de 3.700 a 5.565 euros

-Aumenta la deducción por familia numerosa hasta los 600 euros por cada hijo a partir del tercero. Esta medida sólo es aplicable a los meses comprendidos entre agosto y diciembre de 2018, dado que fue aprobada por el ejecutivo actual.

-Cónyuges con discapacidad: Con respecto a las familias, también se pueden desgravar hasta 1.200 euros anuales aquellas parejas no separadas legalmente cuando uno de sus cónyuges tenga una discapacidad y sus rentas anuales no exentas no sean superiores a 8.000 euros.

-Aumenta la deducción por maternidad en 1.000 euros para los contribuyentes que con un hijo menor de 3 años hayan tenido gastos de custodia en guardería o centros infantiles autorizados.

La prestación por maternidad está exenta de IRPF y no debe constar en la declaración. Recuerdan, asimismo, que dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se resida, también se pueden deducir los gastos de material escolar.

-Por inversión en empresa: Se mejorará también, del 20% al 30%, la deducción por inversión en empresa nueva o de reciente creación.

-Base máxima de inversión: Sube también la base máxima de la inversión en empresa de 50.000 euros a 60.000 euros.

Des de CTAC-Autònoms, realizamos el Servicio para la confección y presentación de tu Declaración de la RENTA!

Contacta con nosotr@s al 93 327 14 98 / ctac@catalunya.ugt.org

 

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