Empresarios y autónomos ante los inminentes cambios legales en las SCP: todas las claves

imagen-sandrazapateroFont: Diari de Tarragona

El pasado mes de enero, Guillermo Puerto recibió una llamada de su gestor. Le dijo que Moon Catering, la empresa que cofundó hace nueve años con Ana Vilallonga bajo la fórmula de Sociedad Civil Particular (SCP) –y que desde hace tres años, tras la jubilación de Vilallonga, Guillermo comparte con su esposa, que adquirió el 50% de las participaciones de su antigua socia–, tendría que pasar a ser una SL. Y que tenía hasta el 30 de junio para hacerlo.

«El gestor me dijo: o lo haces ahora, o lo acabarás haciendo luego», recuerda este emprendedor nacido en Argentina hace 38 años. El cambio legislativo que obliga a que todas las SCP con actividad mercantil pasen a tributar por el Impuesto sobre Sociedades desde el 1 de enero del presente 2016 no deja margen para muchas opciones en el caso de esta empresa de cátering.

En estos nueve años, Moon Catering ha logrado hacerse, con mucho esfuerzo, un lugar en el sector del cátering para empresas (que representa alrededor de un 60% de su facturación) y bodas (el otro 40%) en el Camp de Tarragona, con clientes como la Cambra de Comerç de Tarragona, CaixaBank, Fira de Reus, el Port de Tarragona, el Seminari de Tarragona, Dow Chemical, Basf, Schwartz Hautmont o incluso Fira de Barcelona.

Con ocho personas en plantilla (y entre dos y tres más en temporada de verano), una facturación anual de unos 600.000 euros y unas nuevas instalaciones de 500 metros cuadrados inauguradas hace apenas tres meses en Els Pallaresos, el único horizonte es dar el paso y constituir una sociedad mercantil.

Podría quedarse como está, como SCP, y pasar a llevar sus cuentas según el Plan General Contable para tributar por Impuesto sobre Sociedades, pero a la práctica tendría todos los costes añadidos de la gestión de una sociedad mercantil, sin el beneficio más claro: la responsabilidad limitada de los socios. Como SCP, Guillermo seguiría teniendo una responsabilidad ilimitada, respondiendo directamente con su patrimonio de las obligaciones de la empresa.

«Cuando hablé con el gestor –explica–, me contó que es un poco como cuando sacaron la ley del tabaco, que durante un tiempo se podía fumar en zonas habilitadas, hasta que después lo quitaron. Con la SCP puede suceder lo mismo, así que más vale pasarse ya a SL, porque tarde o temprano todos tendremos que acabar ahí».

La última opción, la de disolver la sociedad y pasar a facturar directamente como autónomo (una opción que contemplan muchos de quienes tienen hoy una de estas sociedades, y para la que tienen tiempo de comunicarlo hasta el próximo 30 de junio), no es en este caso una alternativa.

Guillermo todavía no ha calculado el impacto que tendrá sobre su negocio pasar a sociedad mercantil, pero tiene claro que «seguro que va a costar más». De entrada, el nuevo programa de contabilidad (y la forma de llevar al día esa contabilidad) no tiene nada que ver con lo que venían haciendo hasta ahora.

«Si yo paraba en una gasolinera y le echaba gasolina a mi coche con la tarjeta de empresa –cuenta–, no pasaba nada», porque la tributación era por IRPF. «Hay que pagar igual los impuestos –aclara–, pero la contabilidad de una SCP no es algo tan estricto ni cuadriculado».

Hasta ahora, de recoger esos recibos de la gasolinera, de emitir y pagar facturas, y de reflejarlo en los libros, se encargaba la esposa de Guillermo. Y ya le suponía un buen esfuerzo. Llevar una contabilidad siguiendo los requisitos que le exigen con una SL es algo que le supera. «Tengo a una chica en prácticas –adelanta–, que al final se quedará. Tendré que contratarla para llevar la contabilidad».

El cambio legislativo en la tributación de las SCP no sólo le acarreará a Guillermo un incremento en costes laborales. También la gestoría que le ayuda en la liquidación de sus impuestos pasará a cobrarle más, puesto que el aumento de la burocracia repercute directamente sobre las horas que tendrán que dedicarle como cliente.

«Constituir una SL es un cambio, es crear una nueva empresa», destaca Guillermo. «La forma de facturar tiene que cambiar por completo, a nivel de gestoría implica más gasto, tienes que pagar el notario… incluso el nombre lo tuve que modificar, para que me lo aceptasen en el Registro Mercantil. Es muy complicado, y es terrible para una pequeña empresa como la nuestra. Cuesta, porque lo tienes todo muy familiar».

Hasta 65.000 afectados

Guillermo Puerto no es el único que estos días nada en papeleo para llegar a tiempo al 30 de junio. Ésa es la fecha límite que tienen las SCP para decidir su futuro, decantándose por una de las tres opciones que tienen ante el cambio normativo impuesto en la Ley27/2014 del Impuesto sobre Sociedades: seguir como SCP y comunicar a la Administración que tributarán por el Impuesto sobre Sociedades, disolver la SCP y quedarse como autónomos (aunque sólo uno de los socios puede ser titular de la actividad), o convertir la SCP en una sociedad mercantil (habitualmente, una SL).

Sandra Zapatero, presidenta de la Confederació de Treballadors Autònoms de Catalunya (CTAC), calcula que, «de los 537.916 autónomos que hay en Catalunya, esta situación puede afectar a entre 50.000 y 65.000 autónomos, que son los que tienen constituida una SCP».

El colectivo de trabajadores autónomos es, claramente, el epicentro de este cambio normativo, puesto que, hasta la fecha, la SCP ha sido la fórmula societaria por excelencia para llevar a cabo proyectos de asociación entre ellos.

Estatutos simples, sin necesidad de depositar capital social (como los 3.000 euros que se exigen para constituir una SL), sin acudir al notario para su constitución (con el consiguiente ahorro en coste de notaría), con unas exigencias contables muy básicas (mucho más simples que las del Plan General Contable) y tributando con la parte que le corresponda a cada uno de los socios por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Éstos son algunos de los elementos que habían hecho de la Sociedad Civil Particular (SCP) una fórmula ágil y barata para emprender. Hasta ahora. Los nuevos cambios introducen una complejidad que, para muchas microempresas, comprometen su continuidad.

Mayores costes

«El principal inconveniente que se les plantea a los autónomos –explica Sandra Zapatero, presidenta de CTAC– es que, hasta ahora, tenían la obligatoriedad de tener al corriente libros de facturas emitidas, recibidas, y de bienes de inversión. Ahora tendrán que llevar una contabilidad según el Plan General Contable».

«No es lo mismo –añade Zapatero– llevar unos libros y hacer una liquidación de impuestos que llevar una contabilidad. La confección del Impuesto sobre Sociedades es mucho más compleja». Y más cara. «Hay un control superior que obliga a una contratación de servicios», prosigue la presidenta de CTAC, que vaticina que, ante esta disyuntiva, la probabilidad de que muchos opten por disolver la SCP y pasar a facturar como autónomos es alta.

El paso a SL queda lejos de las ambiciones (y de la realidad) de muchísimas de estas microempresas. «No todos pueden hacerlo –argumenta Sandra Zapatero–, porque muchos de ellos nunca pensaron en constituirse en Sociedad Civil con el objetivo de mercantilizar su sociedad».

De la misma opinión es Roger Romagosa, economista del Observatori de la Pimec y miembro de la Comissió Economicofiscal de Pimec. «La obligación de contribuir –analiza– mediante el Impuesto sobre Sociedades conlleva muchas obligaciones formales que encarecen mucho la actividad».

«Un gran volumen –prosigue Romagosa– son empresas de muy pequeña dimensión, y [este cambio legislativo] les puede afectar mucho. Seguramente muchas opten por la disolución».

Aunque no todos quienes a día de hoy tienen una SCP estarán obligados a un cambio. Para aquellas sociedades sin objeto mercantil (por ejemplo, las que únicamente gestionan un patrimonio), se mantiene el mismo régimen fiscal que hasta ahora, que es el de atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Es decir, podrán seguir con la actividad de su SCP tal y como la habían estado desarrollando hasta la fecha.

Tampoco las SCP cuyo objeto sea profesional (arquitectos, abogados, ingenieros…) estarán obligadas con el cambio legislativo a tributar por el Impuesto sobre Sociedades. Se trata de un colectivo significativo, que en opinión de Sandra Zapatero encarna bien «la voluntad de la Sociedad Civil, que no es más que la unión de dos o más autónomos para llevar a cabo una actividad. Por ejemplo, un arquitecto y un diseñador, que conforman el equipo necesario para desarrollar ese servicio».

Trabas a los nuevos proyectos

Descontadas estas excepciones, el foco recae sobre todas aquellas SCP cuyo objeto es mercantil. Bares, pequeñas empresas de reformas, de instalaciones, comercios, transportistas… Un universo de microempresas que no encajan con ese perfil de ‘profesionales’, y que ahora se encuentran ante una decisión muy relevante.

De nuevo, aunque se trata de actividades mercantiles, quedan excluidas aquí las agrícolas, ganaderas, forestales, mineras y pesqueras. Se trata de otro grupo que por el momento queda al margen de la nueva tributación, pero que no es suficiente para rebajar sustancialmente el montón de microempresas que siguen en la encrucijada.

Es previsible que, en estas fechas, unas cuantas de esas sociedades decidan cambiar su actividad para que encaje con un objeto profesional (en lugar de mercantil) y esquivar así la imposición de todos estos costes de gestión añadidos. Tienen hasta el 31 de diciembre para hacerlo.

Hagan lo que hagan, para muchos proyectos «se pierde la posibilidad de colaboraciones con una fórmula que sea barata», subraya Roger Romagosa, de Pimec. El nuevo marco legal, añade Romagosa, «no facilita que se inicien estos proyectos de menor dimensión, y en este sentido sí que haríamos una crítica».

«Si todo esto hará perder proyectos –remacha Romagosa– no podemos decirlo, pero todo lo que sea poner trabas al funcionamiento sencillo no ayuda, y en ningún caso ayuda a la creación de proyectos empresariales».

Nueva tributación


El pasado 1 de enero se pueso en funcionamiento la parte de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades que afecta a la tributación de las Sociedades Civiles Particulares (SCP). El principal impacto de la nueva legislación sobre estas sociedades es la obligatoriedad de tributar por el Impuesto sobre Sociedades –en lugar de atribuir a cada socio la parte correspondiente en el IRPF– para aquellas SCP con objeto mercantil.

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