Firmado el preacuerdo del I Convenio del Grupo RENFE

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Esta madrugada se ha celebrado una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo del Grupo RENFE, en la que la mayoría del CGE hemos alcanzado un preacuerdo con la empresa. Los puntos más destacados son los siguientes:

  • Vigencia: del 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2018, mientras que para el Ancho Métrico la vigencia será de 2016 a 2018.
  • Tratamiento económico: hemos conseguido romper la congelación salarial de los últimos años estableciendo un incremento salarial del 1% para el año 2016. En años posteriores el incremento evolucionará en función de los Presupuestos Generales del Estado.
  • Se constituye una Mesa de Adecuación Normativa en la que se tratarán la recopilación e interpretación de la Normativa laboral, cuestiones de adaptación del Acuerdo de Desarrollo Profesional; asimismo, en esta mesa se analizarán los parámetros que permitan la dinamización las bandas salariales de referencia de los MMII y Cuadros, el pago de la jornada partida en vacaciones, la homogeneización de indemnizaciones por fallecimiento, la ampliación de los días de licencia por hospitalización de abuelos/as…
  • Títulos de transporte: se aplicarán los descuentos por ferroviario/a en activo y a sus beneficiarios a las ofertas comerciales.
  • Convergencia de Ancho Métrico: los trabajadores/as procedentes de la extinta FEVE se integrarán el día 1 de enero de 2016 en las categorías acordadas y que se anexan al Convenio, conservando su antigüedad en la empresa; a efectos de concurso la antigüedad será el 1 de enero de 2016 y para las plazas en los servicios de Ancho Métrico conservan su antigüedad de FEVE. La prima variable en todos los grupos profesionales será de aplicación progresiva en dos años, de manera que se percibirá la totalidad de la variable transcurridos esos dos años. Las residencias provisionales se regirán por la normativa de FEVE en 2015 y 2016.
  • Se incluye el PLAN DE EMPLEO firmado el pasado 6 de noviembre, que fomentará la generación significativa de empleo y la salida ordenada y voluntaria de trabajadores/as.
  • Aspectos sociales:
    o Parejas de hecho: los trabajadores/as cuya pareja de hecho o cónyuge se encuentre en otra residencia podrá solicitar traslado, siempre que ambos tengan residencia definitiva. Además, dispondrán de los mismos beneficios que las parejas de derecho.
    o Conciliación de la vida personal, familiar y laboral: se establece la creación de la Comisión de igualdad de oportunidades para hacer efectivo el derecho a la conciliación.
    o Se redistribuyen los fondos destinados a las ayudas sociales, como la campaña de medicina preventiva, ayudas graciables, plan de drogodependencia y alcoholismo y ayudas a la IT.
    o Actualización de terminología y aumento de las ayudas a trabajadores/as con hijos/as discapacitados psíquicos.

En definitiva, desde UGT valoramos positivamente un preacuerdo que supone el cumplimiento de nuestros compromisos electorales: la superación de la congelación salarial de los últimos años, la integración regulada del Ancho Métrico y una apuesta clara por el empleo, dando soluciones razonables a todas las reivindicaciones que nos habíamos planteado para la negociación de este Convenio.

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