Avances significativos en la negociación del Convenio Colectivo de MDL Distribución Logística

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El pasado jueves se celebró una nueva reunión de negociación del Convenio de MDL, en la que alcanzamos un preacuerdo del texto de Convenio de MDL; en lo que respecta al ámbito económico, se llegó a un principio de acuerdo que está a expensas de aprobación por parte del Consejo de Administración del Grupo Transfesa.

A continuación os trasladamos algunos puntos generales que se han acordado, si bien existen muchos más que se podrán consultar en el texto definitivo tras su firma:

  • Ámbito temporal: la vigencia del convenio será hasta el 31 de diciembre de 2018, manteniendo su contenido normativo hasta no se alcance nuevo acuerdo.
  • Comisión Paritaria: se crea una Comisión Paritaria entre la empresa y la RLT para, entre otras funciones, interpretar el texto del convenio y solucionar las posibles discrepancias individuales o colectivas sobre la inclusión de los trabajadores en cada uno de los grupos profesionales creado.
  • Periodo de prueba: se regulan los periodos de prueba en función de los grupos profesionales. Grupo I: 9 meses; Grupo II: 6 meses; Grupos III y IV: 3 meses.
  • Modalidades de contratación: los contratos de obra y servicio se transformarán en indefinidos transcurridos tres años.
  • Garantía de empleo: en caso de que la empresa plantee despidos objetivos, deberá ofrecer a los afectados las vacantes que existieran dentro de cualquier empresa del Grupo Transfesa. Asimismo, se ofrecerá aquellas vacantes del Grupo por cubrir para que pueda existir promoción interna.
  • Excedencia voluntaria con reserva de puesto de trabajo: para poder solicitarla, el trabajador deberá contar con al menos un año de antigüedad.
  • Regulación del contrato de relevo y jubilación parcial.
  • Nuevo Ordenamiento Laboral: se crea un sistema a través del cual el trabajador puede progresar económica y profesionalmente atendiendo a 3 parámetros: la formación, la evaluación del desempeño y la experiencia en el nivel. Para ello, planteamos la creación de distintos subniveles en cada uno de los grupos profesionales para que se establezca un itinerario en la vida laboral de cada trabajador. Una mesa técnica se encargará de la implantación y desarrollo de este Nuevo Ordenamiento Laboral.
  • Jornada: la jornada anual será de 1.784 horas, con un día de asuntos propios.
  • Regulación de la antigüedad abonándose por trienios hasta un máximo de seis.
  • Grupos profesionales: se crean 4 grupos profesionales
    • Grupo I
      • Nivel 1: Directores
      • Nivel 2: Gerentes de delegación, responsables de cuentas e ingenieros.
    • Grupo Il: Responsables de almacén, de facturación, de atención al cliente, de comercial, de tráfico, de delegación y coordinador de servicios.
    • Grupo III: Encargados de campa, de servicios, de centro, comercial, conductores de vehículos de más de 3.500 kg, jefes de mantenimiento, jefes de almacén, palista, gruísta, oficial de 1ª.
    • Grupo IV
      • Nivel 1: Manipulador de vehículos, conductores, carretillero, operario, administrativo, oficial de 2ª.
      • Nivel 2: Mozos, limpiadores, mensajeros y ordenanzas.
  • Vacaciones: los trabajadores tendrán derecho a 31 días de vacaciones. Además, el calendario vacacional se negociará entre empresa y Representantes de los Trabajadores antes de que termine el año anterior a su disfrute; en caso de no alcanzar acuerdo, el trabajador/a elegirá 20 días y la empresa 11.
  • Permisos retribuidos: entre otros, se igualan los 15 días de matrimonio a los de pareja de hecho, se dan 2 días para concurrir a exámenes, se crea una bolsa de 8 horas de conciliación laboral y familiar…
  • Permisos no retribuidos: entre otros, 1 día natural por fallecimiento de sobrinos, tíos o nietos, el día por enlace matrimonial de padres e hijos, etcétera.
  • Pagas extraordinarias: generalmente se abonarán de forma prorrateada, salvo que el trabajador solicite lo contrario. En caso de que sea en 2 pagas, se abonarán el 20 de junio y el 20 de diciembre de cada año.
  • Plus de nocturnidad para aquellos trabajadores que realicen más de 3 horas en horario nocturno. Será el 20% del salario base.
  • Horas extraordinarias: se abonarán al valor del 115% del valor hora ordinaria y el 150% las realizadas en domingos, festivos y/o nocturnas.
  • Plus carretilla: lo percibirán aquellos trabajadores que de forma ocasional y nombrados por la empresa utilicen maquinaria ligera. 20 euros mensuales.
  • Seguro colectivo de accidentes: la empresa suscribirá pólizas de seguro a favor de todos los trabajadores/as.
  • Plus responsabilidad: percibirán aquellos trabajadores designados por la empresa por realizar funciones de gestión que no tengan la categoría de encargados. 70 euros mensuales, salvo aquellos que a la firma del convenio realicen estas funciones, que percibirán 100 euros mensuales.
  • Desplazamiento: los trabajadores que dentro de su jornada tengan que desplazarse, percibirán el abono de los gastos derivados de dicho desplazamiento. Cuando el trabajador disponga de abono transporte propio, se le abonará el desplazamiento que realice en base a las tarifas generales.
  • Anticipos y préstamos: entre ellos, existe la posibilidad de solicitar un préstamo de una cuantía equivalente a 6 mensualidades brutas, a devolver en 36 meses.
  • Garantía ad persónam: todos aquellos trabajadores y trabajadoras que tengan derechos (sociales o económicos) por encima del convenio que finalmente se firme, los mantendrá como derechos individuales. Por lo tanto, nunca afectará negativamente a las condiciones laborales individuales de cada trabajador.
  • Ayudas por hijos con discapacidad: los trabajadores/as cuyos hijos tengan un grado de discapacidad del 33% o mayor (correspondientemente acreditado), recibirán una ayuda de 80 euros mensuales.
  • Personal con capacidad disminuida: los trabajadores/as con un grado de discapacidad del 33% o mayor (correspondientemente acreditado), recibirán una ayuda de 200 euros al año.
  • Seguridad y salud en el trabajo. Amplia regulación de diversos aspectos en materia preventiva y medioambiental, entre los que se recoge la dotación, que deberá entregarse a cada trabajador en dos periodos establecidos (verano: antes del 15 de mayo e invierno: antes del 15 de octubre). Asimismo, se establecen campañas preventivas para detectar de manera precoz enfermedades como el cáncer de colon y próstata.
  • Premios, faltas y sanciones. Se crea un régimen sancionador gradual, así como el procedimiento a seguir, lo que ofrece mayores garantías de defensa. Además, se abre la posibilidad a premiar el buen hacer de los trabajadores.
  • Suspensión del carnet de conducir: al trabajador que necesite el carnet de conducir para prestar su servicio, y se viera privado de él por una infracción de tráfico, se le ofrecerá una vacante dentro del Grupo de su mismo nivel si existiera y si no pasará a la situación de excedencia con reserva de puesto de trabajo durante un año.

Una vez el Consejo de Administración del Grupo Transfesa autorice las subidas y tablas salariales, se celebrará una nueva reunión para la firma de un preacuerdo que os trasladaremos.

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