El Tribunal Supremo da la razón a UGT en Adif y conseguimos el abono de nuevas claves en vacaciones

sentencia

Desde UGT decidimos, hace ya tres años, afrontar en exclusiva nuestra reivindicación para que los trabajadores de ADIF percibiesen determinadas claves en los periodos de vacaciones, y que la empresa no viene abonando. Por ello, interpusimos conflicto colectivo reclamando el abono de 16 claves, al cual se adhirieron el resto de organizaciones sindicales, con la excepción de CGT que no compareció al juicio.

En primera instancia, la Audiencia Nacional dictó sentencia el 10 de noviembre de 2015, estimando parcialmente nuestra demanda y obligando a ADIF a abonar 5 claves: Profesores en prácticas y Gratificación por actividad docente (113), Plus de movimiento de estaciones (247), Gratificación conducción personal IIFF (342), Gratificación conducción personal V y O (347), Gratificación por polivalencias (367), Complemento de de conducción restringida (335) y Reemplazo de categoría superior (055); el resto fueron desestimadas. No obstante, interpusimos recurso ante el Tribunal Supremo reclamando el abono de la totalidad de las claves.

Tras más de un año de espera, el Tribunal Supremo ha emitido su sentencia núm. 227/2017 de fecha 21 de marzo de 2017 ratificando el abono de las claves estimadas por la Audiencia Nacional, y ampliando el derecho a percibir nuevas claves que reclamábamos, como son: compensación por descanso para refrigerio trabajado (153), y para los trabajadores de ADIF procedentes de FEVE los Complementos por Guardia Infraestructura Vías y Obras (R08), Guardia Infraestructura Servicio Eléctrico (R09), Guardia Inspector Principal de Movimiento (R10) y Complemento por Incidencias (U 97).

Lógicamente, desde UGT valoramos de manera muy positiva este pronunciamiento, tratándose además de una sentencia firme frente a la cual no cabe recurso, lo que obliga a la empresa a su aplicación con efectos retroactivos desde un año anterior a la fecha de inicio del conflicto por parte de UGT el 11 de agosto de 2015, es decir, desde el 11 de agosto de 2014 y hasta la fecha de la sentencia del Tribunal Supremo.

Con el fin de agilizar la regularización de las cantidades, nos hemos dirigido a la empresa solicitando la aplicación inmediata de la sentencia y el abono de oficio de todas las cantidades dejadas de percibir. Sobre ello seguiremos informando en los próximos días.

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