Acuerdo sobre las condiciones laborales del personal del Canal de Venta en el Grupo RENFE

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Ayer se celebró una nueva reunión del periodo de consultas según lo establecido en el artículo 41.4 del E.T. para la homogeneización de las condiciones laborales y económicas del personal procedente del Canal de Venta de ADIF.

En ella se alcanzó un acuerdo con la aprobación de la mayoría del CGE. En primer lugar, se establecieron los grupos y subgrupos profesionales a los que quedarán adscritos los trabajadores en función de su categoría de procedencia, resultando como sigue:

Categoría procedencia Grupo / Subgrupo profesional de destino  
A70   Mando Intermedio
Cuadro Técnico
Supervisor de estaciones    L02
304
732
Factor encargado
Informador encargado 
Operador Comercial  Especializado N2    L12 
305
733  
Factor
Informador 
Operador Comercial N2    L22 

* De manera excepcional y con carácter voluntario, los trabajadores procedentes de categorías no vinculadas a Comercial, se integrarán como Operador Comercial Especializado N2 a fecha 1 de junio de 2017. Los trabajadores con estas características serían los que en ADIF tuviesen un nivel salarial mayor o igual que el nivel 5.

En cuanto a la antigüedad, los trabajadores con antigüedad en la categoría de procedencia anterior al 1 de julio de 2010, se les reconocerá a efectos de concursos y concurrencia con terceros la antigüedad de 1 de julio de 2010 en el subgrupo profesional de integración, igual que se estableció para el personal de RENFE con la implantación del Desarrollo Profesional.

Para los trabajadores con fecha de antigüedad posterior al 1 de julio de 2010, y hasta el 31 de mayo de 2017, se reconocerá a efectos de concursos y concurrencia con terceros como antigüedad en el subgrupo profesional de integración la que tuviera como antigüedad en la categoría de origen a efecto de concurso y concurrencia con terceros.

En ambos casos, de darse empate, se tendrá en cuenta la antigüedad en la categoría de procedencia; de persistir el empate, se tendrá en cuenta la antigüedad en la red y finalmente se desempatará por la mayor edad.

Con respecto al sistema retributivo, los conceptos a percibir serán únicamente los establecidos en el Desarrollo Profesional, quedando subsumidos otros conceptos de procedencia.

La integración en el ámbito retributivo se realizará de la siguiente manera:

  • Personal operativo
    • Conceptos fijos: se regirán según lo establecido en Convenio del Grupo RENFE.
    • Prima variable: desde el 1 de junio hasta el 31 diciembre de 2017 percibirán el 50% de la parte proporcional de la prima variable anual correspondiente al año 2016. A partir del 1 de enero de 2018 percibirán la totalidad de la prima alcanzada en 2017 conforme al I Convenio Colectivo del Grupo RENFE.
  • MMII / CT
    • Los MMII/CT quedan encuadrados inicialmente en el Nivel 2 del Grupo Profesional MMII (Supervisor Comercial de Estaciones), y a partir del 1 de enero de 2018 se encuadrarán en el Nivel 1. No obstante, en caso de que el trabajador percibiese una suma mayor (sueldo, complemento de puesto y prima variable) en su situación de procedencia, se garantizará un nivel retributivo global repartido de forma homogénea entre todos los conceptos.

En cuanto a la funcionalidad, se establece un periodo transitorio hasta el 31 de diciembre de 2017, en el que los trabajadores seguirán realizando las mismas funciones que hasta ahora, asumiendo las nuevas funciones de manera paulatina, y con los mismos gráficos de servicio hasta la implantación de unos nuevos.

Desde UGT consideramos positivo el acuerdo alcanzado, ya que garantiza la igualdad de condiciones, tanto laborales como económicas, para los trabajadores procedentes de ADIF, y que pone fin a un proceso que nunca debió producirse, ya que el Canal de venta debía haberse quedado en RENFE Operadora cuando se decretó la segregación de RENFE en ADIF y RENFE Operadora, en el año 2005.

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