Abono de claves salariales en periodo de vacaciones a los trabajadores y trabajadoras de ADIF

vacaciones

Os informamos del fallo del Tribunal Supremo referente a que los trabajadores de ADIF perciban determinadas claves en los periodos de vacaciones, que la empresa no viene abonando. Por ello, el 11 de agosto de 2015, interpusimos conflicto colectivo reclamando el abono de 16 claves, al cual se adhirieron el resto de organizaciones sindicales, con la excepción de CGT que no compareció al juicio.

Tras más de un año de espera, desde que la Audiencia Nacional estimó parcialmente nuestra demanda y emitió sentencia favorable a los trabajadores, el Tribunal Supremo ha emitido su sentencia núm. 227/2017 de fecha 21 de marzo de 2017, ratificando el abono de las claves siguientes:

Trabajadores de ADIF:

  • Clave 055 – Reemplazo a cargo superior
  • Clave 113 – Gratificación por actividad docente para los profesores en Prácticas
  • Clave 153 – Compensación por descanso para refrigerio trabajado
  • Clave 342 – Gratificación conducción personal IIFF
  • Clave 347 – Gratificación por conducción personal V y O
  • Clave 367 – Gratificación por polivalencia

Trabajadores de ADIF procedentes de FEVE:

  • Clave R08 – Complementos por Guardia Infraestructura Vía y Obras
  • Clave R09 – Guardia Infraestructura Servicio Eléctrico
  • Clave R10 – Guardia Inspector Principal de Movimiento
  • Clave U97 – Complemento por Incidencias

Hemos instado a la empresa a que efectúe el pago de oficio de las claves incluidas en la sentencia 227/2017 del Tribunal Supremo, porque no cabe recurso alguno. Os recordamos que las cantidades que deben regularizarse, corresponden desde un año antes a la fecha de interposición del conflicto colectivo, es decir, desde el 11 de agosto de 2014.

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