Aprobado el Plan de Jubilación parcial 2017 en ADIF

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Esta mañana, en reunión celebrada entre la Dirección y el CGE, se ha aprobado la circular del Plan de Jubilación parcial 2017, fruto del acuerdo de desconvocatoria de huelga del pasado 27 de septiembre. Los principales puntos del Plan de Jubilación parcial 2017 son los siguientes:

NÚMERO DE PLAZAS.- Reducción de jornada del 75%: 153 plazas, y reducción de jornada del 50%: 400 plazas. La previsión es que quienes se acojan a la reducción del 50% comenzarían con la jubilación parcial en febrero de 2018, y los del 75% a finales de 2018, una vez se establezca la OEP 2017.

PLAZO DE SOLICITUD DE ADHESIÓN.- Del 9 al 29 de octubre de 2017. Los interesados tendrán que presentar por duplicado el modelo de solicitud, con firma autógrafa, a su responsable directo de RR.HH., que deberá fechar, firmar y sellar el recibí. La solicitud tendrá carácter irrevocable a partir de la finalización del plazo de admisión.

SISTEMA DE ADJUDICACIÓN.- Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor antigüedad en la Red a efectos de concursos, y en caso de empate, por mayor edad.

REQUISITOS PARA ACCEDER AL PLAN.- Podrán acogerse al plan quienes, a fecha 31 de diciembre de 2017, cumplan los siguientes requisitos:

  • Opción A.- Jubilación Parcial Anticipada

Edad y años de cotización:

  • Tener cumplidos 61 años y 5 meses y, además, tener cotizados 34 años y 3 meses.
  • Tener cumplidos 61 años y 10 meses y, además, tener cotizados 33 años. En este caso y si se tratase de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100, el período de cotización exigido será tan sólo de 25 años.

La autorización de la solicitud de un trabajador que tenga 64 años deberá ser analizada por la comisión de seguimiento para que pueda ser aprobada, dados los plazos que se necesitan desde que se solicita la jubilación parcial hasta que surte efectos (aproximadamente tres meses) y la existencia de la alternativa de la jubilación tardía a partir del cumplimiento de la edad ordinaria.

Antigüedad: 6 años ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial.

  • Opción B.- Jubilación Parcial Diferida (para mayores de 65 años)

Edad y años de cotización:

  • Tener una edad superior a la exigida legalmente para la jubilación ordinaria.
  • Poseer los requisitos para obtener una pensión de jubilación contributiva, es decir, tener como mínimo 15 años de cotización, dos de los cuales han de estar dentro de los quince inmediatamente anteriores al hecho causante.

Antigüedad: 6 años ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial.

ASPECTOS ECONÓMICOS.- Los jubilados parcialmente percibirán el porcentaje correspondiente a la prestación de la jornada laboral reducida de los conceptos salariales del Anexo I, además de los porcentajes de la Seguridad Social.

A aquellos que opten por la acumulación de la reducción en un periodo continuado de trabajo, se garantizará la percepción mínima del 80% de los conceptos fluctuantes que figuran en el Anexo II del acuerdo (calculada sobre dichos conceptos del año anterior). Cuando durante el tiempo de prestación de servicio se supere este porcentaje, se abonará la cantidad correspondiente cuando finalice el periodo efectivo de trabajo.

Como pensión de jubilación se percibirá la parte proporcional correspondiente a la reducción de jornada aplicada. Será calculada por la Seguridad Social. En el caso de la jubilación parcial anticipada, será el resultado de aplicar el porcentaje de reducción de jornada a la pensión calculada de conformidad con los años cotizados a la fecha. Para la jubilación parcial diferida, se calculará aplicando el porcentaje de reducción de jornada a la pensión calculada de conformidad a las normas generales según los años cotizados a la fecha del hecho causante.

RELEVISTAS.- Los relevistas que procedan de la bolsa de empleo de la OEP 2016 tendrán méritos a la hora de concursar en futuras Ofertas de Empleo Público.

Éste es un breve resumen de los términos del acuerdo, por lo que os recomendamos leer con detenimiento el texto íntegro, así como los anexos. En caso de que tengáis dudas, podéis poneros en contacto con vuestros delegados o secciones sindicales de UGT.

Desde UGT valoramos positivamente que se materialicen los efectos del acuerdo de desconvocatoria de huelga, del pasado 27 de septiembre, cuyo primer punto incluye precisamente las desvinculaciones, enmarcadas en el Plan de recursos humanos. Este plan da salida a los trabajadores de mayor edad, al tiempo que supone una garantía de relevo generacional y mantenimiento del nivel de empleo.

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