Impugnación del Convenio Colectivo de Contratas Ferroviarias: La sentencia no afecta a los trabajadores

Una vez estudiada la sentencia de la Audiencia Nacional por la demanda de impugnación del Convenio Colectivo de Contratas Ferroviarias promovida por ccoo, desde UGT queremos informar de los verdaderos motivos que llevaron a dicho sindicato a interponer la demanda, siendo los únicos artículos impugnados los siguientes:

  • Artículo 8, párrafo b). En el mismo se regula que las organizaciones empresariales y sindicales firmantes del convenio serán las que presenten las materias de conflicto a la Comisión Paritaria. En este caso, se trata del mismo texto existente en convenios anteriores, ratificados también por la organización denunciante. Sin embargo la sentencia determina que dicha cláusula es nula, debiendo esperar a que se dicte sentencia firme para determinar la redacción final del artículo.
  • Artículo 8, apartado c). La sentencia determina que es legal.
  • Artículo 78, apartados b) y c). Estos puntos son el verdadero motivo de la impugnación del convenio. No obstante, la Audiencia Nacional determina que ambos cuentan con validez legal.
  • Disposición Adicional Segunda. La sentencia determina su nulidad, quedando a la espera de sentencia firme.

Estos son los únicos artículos denunciados por ccoo, todos de carácter sindical o empresarial, sin consecuencias para los trabajadores y trabajadoras de contratas ferroviarias. Sin embargo, debemos tener en cuenta que la sentencia no es firme, existiendo el recurso ante el Tribunal Supremo que podrá ratificarla o modificarla.

En definitiva, ccoo intenta retorcer su propia demanda engañando a los trabajadores a cerca de supuestos artículos impugnados y que, sin embargo, no incluyeron en dicha demanda. Sospechamos que su única intención es disimular los verdaderos motivos que les llevaron a tomar la medida: mantener un mayor número de horas sindicales a costa de los derechos de los trabajadores.

A continuación, incluimos un breve resumen extraído de la sentencia dejando claro los puntos reclamados y la postura de la Audiencia Nacional sobre ellos.

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