Prestaciones complementarias ofrecidas por la Mutua ASEPEYO a los trabajadores del Grupo RENFE

Como sabéis, desde el pasado 1 de enero de 2014 Renfe adoptó un nuevo sistema de cobertura por accidente de trabajo y enfermedad profesional a través de la mutua ASEPEYO, siendo esta entidad la encargada de prestar la asistencia sanitaria requerida por los trabajadores y trabajadoras en los ámbitos geográficos de Cataluña y la Comunitat Valenciana.

Queremos aprovechar este comunicado para hablaros en esta ocasión de las prestaciones complementarias que gestiona esta compañia, beneficios a los que se tiene derecho y que en muchos casos pasan desapercibidos por desconocimiento y falta de publicidad entre los trabajadores y trabajadoras de la empresa.

¿Qué son las prestaciones complementarias?

Son prestaciones independientes de las que se incluyen en el sistema de Seguridad Social, aunque las complementan. Su finalidad es cubrir económicamente situaciones de necesidad o estados especiales que han surgido a los trabajadores o sus derechohabientes (personas que tienen derechos legales respecto del accidentado, habitualmente por motivos hereditarios), como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional. Estas prestaciones se reconocen a través de una comisión y la normativa que las regula es la Resolución de 28 de octubre de 2019 de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.

¿Quién puede solicitarlas y cuáles son los requisitos?

  • Trabajadores accidentados o afectados por una enfermedad profesional
  • Derechohabientes de los trabajadores

Los requisitos para acceder a estas prestaciones son que sólo se puede reconocer una única ayuda por accidente o enfermedad profesional y no se puede superar determinado límite de ingresos de la unidad de convivencia del accidentado.

¿Qué ayudas se pueden solicitar?

  • Rehabilitación y recuperación:
    • Ayuda para costear el ingreso en un centro socio-sanitario o residencial
    • Ayuda para costear los gastos vinculados al ingreso en un centro hospitalario
    • Ayuda para prótesis y ayudas técnicas no incluidas en la Seguridad Social
    • Ayuda para tratamientos o terapias no incluidas en la Seguridad Social
  • Reorientación profesional y adaptación del puesto de trabajo:
    • Cursos para la formación profesional e inserción socio laboral
    • Adaptación del local donde el trabajador autónomo desarrolla su actividad
  • Ayuda para la adaptación de los medios esenciales para el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria:
    • Ayuda para la eliminación de barreras en la vivienda habitual
    • Ayuda para la adquisición de vivienda habitual adaptada
    • Ayuda para la adaptación de vehículo
    • Apoyo domiciliario para el desarrollo de actividades básicas de la vida diaria
    • Ayuda para el acceso a las nuevas tecnologías de la información y comunicación
  • Otras prestaciones:
    • Complemento al auxilio por defunción
    • Ayuda para la formación en el cuidado de personas en situación de gran invalidez
    • Ayuda para el mantenimiento de la posesión o disfrute de la vivienda habitual

¿Cómo puedes solicitar una ayuda social?

Debes cumplimentar el formulario de solicitud de ayuda social y presentarlo junto a la documentación necesaria, en cualquier centro de la red asistencial de la Mutua ASEPEYO. Desde el departamento de Prestaciones de la mutua se valora cada solicitud y se presenta a la Comisión de Prestaciones Especiales, siendio esta Comisión la que resuelve todas las solicitudes presentadas y emite la correspondiente resolución.

Os adjuntamos el formulario de solicitud establecido para reclamar las prestaciones complementarias y os recordamos el teléfono del Servicio de Atención al Usuario de la mutua donde poder aclarar cualquier duda que os surja al respecto: 900 151 002

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