Ni un paso atrás en materia de conciliación y corresponsabilidad en Ferrovial Servicios a bordo

Desde la ampliación del disfrute del permiso de paternidad a dieciséis semanas, tras la aprobación del Real Decreto-ley 6/2019 y de aplicación desde el pasado 1 de enero de 2021, este pasó a poder ser disfrutado de manera fraccionada en distintitos periodos.

De las 16 semanas de permiso, el padre disfrutará, de forma obligatoria e ininterrumpidamente con posterioridad al parto, de 6 semanas, disfrutándolas simultáneamente con la madre. Las 10 semanas restantes podrán disfrutarse en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, siempre dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento.

Al entender de la Sección Sindical de UGT en Ferrovial Servicios a Bordo existía una restricción al disfrute del permiso de lactancia y al permiso de paternidad fraccionado: el permiso de lactancia se debe disfrutar, tanto de manera acumulada como sin acumular, hasta que el menor cumpla los 9 meses, y debe ir aparejado al disfrute del permiso de paternidad, tal y como establece el Convenio Colectivo de aplicación. Esta situación provocaba que, si bien el permiso de paternidad se puede disfrutar hasta los 12 meses del nacimiento, esta facultad se veía reducida hasta los 9 meses, restringiendo el derecho al tiempo del cuidado del menor.

Judicializada esta irregularidad a través del Gabinet Jurídic de la UGT de Catalunya, el Juzgado de lo Social número 12 de Barcelona ha dado la razón a la Sección Sindical de UGT en Ferrovial Servicios a Bordo en una sentencia pionera en Cataluña y en nuestra actividad profesional, condenando a la empresa a permitir al trabajador afectado el disfrute del permiso de lactancia acumulado hasta los 9 meses, sin tener que deba ir aparejado al disfrute del permiso de paternidad, que podrá ser disfrutado hasta los 12 meses del menor.

Simultáneamente, y también en materia de corresponsabilidad y cuidado de menores, la Sección Sindical de UGT en Ferrovial Servicios a Bordo ha conseguido el primer acuerdo extrajudicial con la empresa donde, se reconoce que se había denegado una excedencia por cuidado de menor de tres años a un trabajador que cumplía con todos los requisitos para acogerse a la misma, se concede el disfrute de la excedencia desde el inicio de la solicitud y hasta el año 2025, momento en el que el menor cumplirá los 4 años, poniendo de esta manera ya en práctica el nuevo Plan de Igualdad mancomunado firmado recientemente por Ferrovial, UGT y CCOO, pudiendo emplearlo de manera continuada o fraccionada, siempre a elección del trabajador. Tenemos más juicios señalados de afiliados y afiliadas por este motivo, en los que esperamos un acuerdo de reconocimiento del derecho.

Desde UGT seguiremos vigilantes y, de ser inevitable, en actitud de denuncia hasta conseguir el correcto cumplimiento de toda la normativa en vigor en materia de igualdad, conciliación y corresponsabilidad, en busca siempre de la defensa de los derechos de la plantilla.

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