ADIF vuelve a reinterpretar la norma por la Gratificación por título

Una vez más, la empresa nos sorprende con alguna ocurrencia que, sin tener justificación ni razón, cree oportuno aplicar. En este caso, se inicia con el personal de la OEP ingresados en 2021 y continúa con los de 2022.

En el mes de febrero de 2022, ADIF decide notificar a los compañeros y compañeras que les corresponde la Gratificación por título que “Debido a un error en el tratamiento de la clave 032- Gratificación por título, en la presente nómina de febrero-22 se va a practicar un descuento de…”. Igualmente, se les indica que esta clave se abonará a partir de la fecha efectiva de comienzo de la prestación de servicio en la dependencia.

En UGT, consideramos que esta decisión no se ajusta a lo regulado en la Normativa laboral vigente, como queda de manifiesto, no solo por la redacción de la norma, también por haber sido reconocido de forma explícita por la propia empresa al venir abonándolo hasta el momento tanto a los trabajadores y trabajadoras citadas, como durante el periodo que ahora se pretende descontar al personal en la misma situación de las OEP anteriores.

Ante esto, desde UGT, siguiendo nuestro principio de intentar solucionar los problemas por la vía  del diálogo, nos dirigimos a los responsables de la empresa con el fin de encontrar una salida a semejante disparate. Sin embargo, nos encontramos con que ningún responsable de la empresa estaba dispuesto a ofrecer una solución viable al problema, por lo que, el pasado 31 de marzo, nos dirigimos a la Dirección de RR.HH. para poner en su conocimiento la situación generada y exigir una inmediata solución.

Tras mucho insistir y numerosas gestiones, la mencionada Dirección nos contesta que se les empezará a abonar la Gratificación por título contemplada en el artículo 153-001de la Normativa laboral, aplicando lo establecido en la redacción de la cláusula 12 del XI Convenio Colectivo que específicamente recoge “(…) a partir de la fecha efectiva de comienzo de la prestación en servicio en la dependencia”.

Desde UGT, consideramos que cualquiera que haga una lectura de dicha Normativa puede comprobar que la literalidad de la misma no es la citada. Por ello y dado que la empresa se ha negado a dar una solución justa y negociada, desde UGT hemos emprendido las acciones oportunas para interponer el pertinente conflicto colectivo en la Audiencia Nacional, demandando el derecho de los trabajadores y trabajadoras afectadas a percibir la Gratificación por título y evitar así las interpretaciones unilaterales y arbitrarias de la empresa.

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