Antigüedad en contratos discontinuos, Movilidad forzosa y tablas salariales en ADIF

Esta mañana, se ha reunido la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo, alcanzando tres acuerdos en los que en UGT llevábamos tiempo trabajando, encaminados a corregir alguna situación contemplada en la Normativa laboral que no eran acordes con la realidad.

  1. Antigüedad de las personas con discontinuidad en el contrato.- El art. 14 de la Normativa laboral establecía una regulación arcaica y discriminatoria para el cómputo de las antigüedades de las personas en esta situación. Además, la empresa, sin ningún criterio, estableció un agravio mayor pagando la indemnización por finalización de contrato a unas personas sí y a otras no, variando con ello el reconocimiento de la antigüedad en función del cobro de esa indemnización. El acuerdo firmado hoy, da solución a la problemática planteada por UGT al desvincular el cómputo de la antigüedad del cobro de la indemnización por finalización de contrato, con lo que elimina  los agravios existentes. Además, mejora el texto en cuanto a la ampliación del plazo de 1 mes a 6 meses para considerar que no ha habido continuidad en los contratos y se establece una cláusula en la que, si la jurisprudencia reconociera periodos mayores para considerar que existe continuidad en el contrato, este acuerdo queda condicionado a su adaptación a la misma. Igualmente, estos 6 meses serán incrementados en 79 días para los procesos afectados por la suspensión de los procedimientos administrativos establecidos por el RD 463/20 (Del 14/3/2020 al 1/6/2020 como consecuencia del COVID). Asimismo, serán computables los periodos de trabajo tanto en ADIF como ADIF AV indistintamente.
  2. Participación en Movilidad de las personas acopladas forzosamente: En caso de haber cobrado indemnización, la actual Normativa obligaba a estas personas a permanecer en dicha residencia al menos dos años, suponiendo una doble penalización: haber sido acoplados forzosamente y, a su vez, no poder participar en la Movilidad. Con el acuerdo firmado hoy, se posibilita que estas personas puedan participar en los procesos de Movilidad, siempre que lo soliciten y aceptando que, en caso de obtener plaza, se les efectuará el descuento de la parte proporcional de la indemnización percibida  por el traslado forzoso, desde la fecha de la adjudicación hasta el cumplimiento de los dos años de permanencia, y cesará la percepción de los importes correspondientes a la indemnización en concepto de alquiler de vivienda que pudiera venir percibiendo.
  3. Nuevas tablas salariales.- Por último, se han firmado las nuevas tablas salariales con el incremento del 1,5 %, y cuyos atrasos desde el 1 de enero serán abonados en la nómina de noviembre. Esta firma es fruto de la carta enviada por UGT al director General de Personas, exigiendo la aplicación de los acuerdos alcanzados por nuestro sindicato con el Gobierno de España para las empresas públicas. En próximas fechas esperamos iniciar las negociaciones para la implantación del resto de materias acordadas.

En definitiva, hoy se han plasmado, una vez más, los resultados prácticos para las personas trabajadoras de ADIF los acuerdos que hemos obtenido fruto del trabajo de UGT. Llegados a este punto, serán muchos quienes se quieran apropiar de las mejoras alcanzadas, aunque en la mayoría de los casos solo toquen de oído y ni siquiera sean partícipes de la Mesa de Negociación.

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