Ayer, el Grupo RENFE publicó en su página web la Oferta Pública de Empleo 2023 para Operador Comercial de ingreso N2. En dicha convocatoria, regulan un sistema de puntuación cuya pretensión, a nuestro entender, es anular los posibles méritos que siempre se otorgan al personal que presta servicio en el Grupo RENFE con carácter temporal.
En nuestro Comunicado 19.23, ya os adelantábamos que RENFE había cedido parcialmente a nuestras pretensiones, incrementando los puntos por méritos al personal afectado de los 10 iniciales hasta un máximo de 20, pero que desde UGT lo considerábamos insuficiente. Pues bien, la publicación de las convocatorias nos da la razón.
El Grupo RENFE oferta un total de 500 plazas en dos convocatorias: 70 para el ámbito de Cataluña y 430 para el ámbito Estatal. Ambas bases son idénticas en lo relativo a la valoración de méritos (20 puntos máximo) y de la prueba de conocimientos, cuya valoración se ve incrementada desde los 60 habituales hasta los 80 puntos. Con ello, se ve minorado el peso específico que tradicionalmente tienen los méritos, pasando del 66,66% habitual hasta un 25%.
Desde UGT, consideramos que la OPE ayer publicada tiene como objeto fundamental cubrir las plazas necesarias tras la entrada en vigor del Real Decreto Ley 14/2022, de 1 de agosto, en el que, entre otros aspectos, introducía la medida de los abonos recurrentes gratuitos para Cercanías, Rodalíes y Media Distancia operada por RENFE. Tanto es así, que el número de plazas ofertadas coincide con el número de contratos eventuales efectuados por ese motivo y, posteriormente, prorrogados hasta que se resuelva la OPE.
En consecuencia, creemos que existe un agravio comparativo con respecto a las OPE’s anteriores en las cuales, las plazas destinadas a consolidar la contratación eventual en la empresa habían obtenido un total de 40 puntos de méritos y un valor máximo de la prueba de conocimientos de 60 puntos. Por lo tanto, supone un trato desigual a las personas trabajadoras temporales, que ven debilitado su derecho a la consolidación del puesto de trabajo, máxime cuando lo están realizando en la actualidad con total satisfacción y eficiencia, lo que afecta al principio de igualdad de trato conforme al art. 14 de la Constitución Española.
Desde UGT, mantenemos nuestra postura al considerar que los trabajadores y trabajadoras que llevan más de seis meses realizando las funciones de Operador Comercial de ingreso N2, deben tener el mismo trato y las mismas oportunidades que el resto de personas trabajadoras que han concurrido a OPE’s anteriores en similares circunstancias que en la actualidad tienen 500 compañeros y compañeras. Por ello, procederemos a impugnar las convocatorias solicitando que sean subsanadas para otorgar 40 puntos de méritos a los candidatos y candidatas procedentes de la bolsa de reserva de la OPE 2022 y mantengan contrato temporal al fin de presentación de candidaturas.