Como resultado de las, iniciadas el pasado 25 de octubre de 2023 y tras varias reuniones, se ha alcanzado entre la RLPT y la empresa los siguientes acuerdos, cuya acta ya ha sido firmada por parte del Comité General de Empresa que nos representa a los trabajadores adscritos al convenio de TRANSFESA Logistics, S.A y que venís percibiendo desde el mes de marzo:
Acuerdos Revisión salarial 2024
Subida Salarial:
GRUPO I – 0,00%
GRUPO II – 1,50%
GRUPO III – 2,20%
GRUPO IV – 3,30%
GRUPO V NIVEL I – 4,25%
GRUPO V NIVEL II – 5,25%
Consideraciones:
La subida del SMI aprobada por el Gobierno de España ha sido del 5%, por lo que a las personas trabajadoras a las que se les ha actualizado el Salario bruto anual conforme al SMI aprobado en los Presupuesto Generales del Estado en un 5% se les aplicara un 0,25% adicional conforme a la negociación acordada.
Aquellas personas trabajadoras cuya actualización del SMI hubiese supuesto una subida inferior al 5% de su salario bruto anual, se le aplicará el diferencial entre el porcentaje aplicado y el porcentaje de subida acordado.
En los casos que la persona trabajadora tuviera un plus ad personam diferente de los conceptos que forman parte del salario bruto anual las cuantías de estos permanecerán independientes de las subidas negociadas, manteniéndose las cuantías actuales.
Aquellos trabajadores que, previo a esta negociación, hubieran o hubiesen percibido subidas especiales de carácter individual, verán compensadas y absorbidas las subidas fijas del presente acuerdo siempre y cuando esas subidas individuales hubieran o hubiesen sido superiores y de mayor cuantía que las alcanzadas en la negociación colectiva.
Aquellas personas trabajadoras que se hayan incorporado a partir del 01.01.24 con un salario superior a las tablas actualizadas de esta negociación, quedan excluidas de esta revisión salarial.
La subida del SMI aprobada por el Gobierno de España ha sido del 5%, por lo que a las personas trabajadoras a las que se les que se les ha aplicado dicho 5 % se les aplicará un 0,25%.
Al personal cuya actualización del SMI haya supuesto una subida inferior al 5% se le aplicará el diferencial entre el porcentaje aplicado y el porcentaje de subida alcanzado. En los casos que la persona trabajadora tuviera un plus de responsabilidad, mantenimiento o de guardias, estas cuantías permanecerán independientes de las subidas negociadas.
Aquellos trabajadores que, durante el año 2024, perciban subidas especiales de carácter individual, verán compensadas y absorbidas las subidas fijas del presente acuerdo siempre y cuando esas subidas individuales sean superiores y de mayor cuantía que la colectiva.
Acuerdos de beneficios sociales
- Jornada continua: Sobre el modelo acordado para 2022, el inicio de la jornada continua se adelanta 15 días, estableciéndose desde el 1 de julio con duración hasta el 15 de septiembre, se aplicará como mejora, los días lunes, martes, miércoles y jueves de la Semana Santa y del 22 de diciembre al 7 de enero, en jornada de 8 horas a 15 horas, en los centros que sea posible su aplicación y respetándose en caso de que existan los acuerdos de centro que mejoren las condiciones anteriormente descritas.
- Periodo de Vacaciones: pasan de 30 días naturales a 22 Laborales, con aplicación desde el 1 de enero de 2024.
- Ayuda Escolar: Se consolida 8.000€ anuales, distribuyéndolo a razón de 60€ por hijo de empleado, en edad de 3 a 16 años, comenzando por los salarios más bajos hasta agotar el importe dotado.
- Ayudas graciables: Se consolida 10.000€ anuales, distribuyéndolo según el acuerdo de años anteriores, y así, únicamente, negociar en próximos años el posible aumento de la cantidad dotada y su distribución modificando las cantidades de los tramos y/o incluir conceptos de ayudas nuevos.
- PLT, distribuir 40.000 euros vinculados a la consecución del EBIT de +5,4 millones de euros marcado por la matriz. La PLPT se trata de un concepto no consolidable, cuyo reparto se realizará de la siguiente manera:
El importe total acordado de 40.000€ se dividirá entre el número de empleados pertenecientes a los Grupos IV y V, que se encuentren de alta en la empresa a fecha 31 de diciembre de 2024 y que, cuenten con una antigüedad mínima de 6 meses en la compañía. Esta cantidad en concepto de PLT se abonará de forma lineal y en un único pago en la nómina febrero de 2025 a todas aquellas personas trabajadoras que estén de alta en dicha fecha. - Dietas y desplazamiento: Actualización del pago del kilometraje a 0.26 € km, desde fecha firma acuerdo. Con actualización automática de esta tarifa kilométrica la cantidad exenta de impuestos que se recoja en los Presupuestos del Estado o analogías.
- Epis y las vestimentas: Se establecen fechas fijas de entrega de vestimenta y el control de ésta. La entrega de las prendas de trabajo para la vestimenta de verano se realizará antes de la finalización del mes de abril y la vestimenta de invierno se entregará antes de la finalización del mes de septiembre.
- Permisos: actualizar el artículo 22, tal y como se establece en el Real Decreto ley 5/2023 de 28 de junio.
Estos acuerdos permiten mejorar la situación laboral de todos los trabajadores y trabajadoras, estaremos ojo avizor de que se cumple. No obstante, nuestro objetivo sigue siendo el de seguir consiguiendo mejoras para toda la plantilla.