Adif abonará los complementos por IT tras las sentencias que nos dan la razón

sentencia

Como sabéis, el Tribunal Supremo (TS) ha ratificado el fallo de la Audiencia Nacional con respecto al abono del complemento en situación de incapacidad temporal (IT) en ADIF según Convenio Colectivo de aplicación y no según RD-ley 20/2012, siguiendo la línea marcada en los conflictos del mismo contenido del Grupo RENFE y de FEVE.

Por lo tanto, la sentencia del TS confirma el posicionamiento de la Audiencia Nacional, estimando así nuestra pretensión de que en los casos de Incapacidad Temporal, cualquiera que sea la contingencia determinante de la misma, se abonen los conceptos correspondientes conforme a lo establecido en el Convenio Colectivo.

En cumplimiento de dicha sentencia, la empresa nos confirma que realizará las gestiones necesarias para hacer efectivas las regularizaciones económicas correspondientes en la nómina de febrero, o a más tardar, en la del mes de marzo. Con respecto a las cantidades ‘en negativo’, es decir, aquellos trabajadores/as que como consecuencia de la sentencia tengan que devolver un determinado importe, desde UGT hemos solicitado que el descuento se realice en varias mensualidades. La empresa parece receptiva a esta solicitud, y analizará la manera de llevarla a cabo.

En cualquier caso, os mantendremos informados con las novedades que se produzcan al respecto.

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