UGT celebra los logros en la lucha contra la Discriminación de género en el Grupo RENFE

En 2016, la Sección Sindical de UGT Catalunya en el Grupo RENFE fue precursora e inició una valiente campaña jurídica al detectar la reducción de las cantidades percibidas en concepto de prima variable por parte de la empresa. Esta reducción afectaba a las personas trabajadoras que se habían acogido a permisos relacionados con la maternidad, paternidad, adopción, riesgo en el embarazo o en la lactancia natural, descontando periodos durante dichas prestaciones.

Inicialmente, diferentes Juzgados Sociales reconocieron la discriminación de género al perjudicar RENFE Viajeros el derecho retributivo de las trabajadoras. Sin embargo, lejos de conformarnos con estas sentencias, elevamos recursos al Tribunal Superior de Justicia, considerando que la acción protectora debía fortalecerse en estas situaciones y abarcar más motivos.

Reconociendo que el Desarrollo Profesional excluye para la liquidación de la prima variable los periodos de Incapacidad Temporal, desde nuestra organización siempre hemos sostenido que las bajas médicas previas al parto, estrechamente relacionadas con el embarazo, deben gozar de la misma protección. Consideramos que los descuentos practicados por la empresa en estos casos contravienen los derechos fundamentales de las trabajadoras y constituyen discriminación por razón de sexo.

Ahora, nuestros Servicios Jurídicos en Catalunya y el País Valencià han obtenido sentencias favorables en los órganos judiciales superiores donde se reconoce íntegramente nuestra tesis. En ellas se establece que se debe computar, para el abono de la Prima Variable, todo el tiempo que la trabajadora cese en su actividad laboral debido a la maternidad, ya sea por incapacidad temporal relacionada con el embarazo o por disfrute del permiso por nacimiento y cuidado de menor.

Con motivo de la próxima regularización de la prima variable en esta nómina de marzo, hacemos un llamamiento a todas las personas trabajadoras que hayan disfrutado de permisos relacionados con la maternidad, paternidad, adopción, riesgo en el embarazo o riesgo en la lactancia natural, o hayan estado de baja relacionada con el embarazo, para que se pongan en contacto con nosotros para estudiar sus casos y recibir el asesoramiento necesario.

La discriminación por razón de sexo persiste en nuestro ámbito laboral, como reflejan estas sentencias. Lamentamos que en 2024 aún nos enfrentemos a prácticas discriminatorias, subrayando la discrepancia entre el discurso fácil que enaltece el papel de la mujer y la realidad pertinaz que la castiga por ese mismo papel.

Este 8 de marzo, en el Día de la Mujer Trabajadora, desde la UGT reivindicamos una sociedad más justa e igualitaria y celebramos estas victorias legales como pasos significativos hacia la consolidación de los derechos de conciliación de la vida personal y laboral.

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