UGT lleva más de un año liderando la reclamación de retribución de claves en vacaciones en Adif

sentencia

Ante las desinformaciones que se vienen sucediendo por parte de alguna organización sindical en referencia a la retribución de ciertas claves en periodo de vacaciones que ADIF no está abonando, y con el fin de evitar la confusión, desde UGT queremos aclarar algunos puntos del proceso que llevamos afrontando, en exclusiva, desde el año 2014. En mayo de 2014, el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, siguiendo el criterio de la Directiva Comunitaria 2003/2008/CE, impone el criterio a los Estados miembros la necesidad de retribuir a los trabajadores/as, durante el periodo vacacional, todos los conceptos económicos que vengan percibiendo durante los periodos de prestación de servicios, aplicando para ello la media de sus percepciones. En nuestro ámbito, desde UGT interpusimos conflicto colectivo frente a ADIF (este dato lo omiten otras organizaciones sindicales) reclamando el abono de todas la claves (16 en total) que actualmente no se perciben durante las vacaciones. Al conflicto se adhirieron el resto de organizaciones sindicales, salvo CGT que no compareció al juicio (como se puede comprobar en la propia sentencia).

En primera instancia, la Audiencia Nacional dictó sentencia el 10 de noviembre de 2015, determinando que cuando los trabajadores/as cuentan con una retribución compuesta de fijos + variables, se debe proceder al estudio individualizado de cada uno de los conceptos para determinar cuáles retribuyen la jornada ordinaria, y por lo tanto deben ser abonados, y cuáles pertenecen a retribución de jornada extraordinaria, y por tanto deben ser excluidos. Con estas premisas la Audiencia, de las 16 reclamadas, estimó el abono en 5 claves: Profesores en prácticas y Gratificación por actividad docente (113); Plus de movimiento de estaciones (247); Gratificación conducción personal IIFF (342); Gratificación conducción personal V y O (347); Gratificación por polivalencias (367), y la empresa reconoció el abono de 2: Complemento de de conducción restringida (335) y Reemplazo de categoría superior (055); el resto fueron desestimadas.

Una vez conocimos el fallo de la AN, desde UGT interpusimos recurso ante el Tribunal Supremo reclamando el abono de la totalidad de las claves. Por su parte, ADIF también interpuso recurso reclamando que ninguna de las claves debe ser abonada en vacaciones. Sobre ninguno de estos recursos se ha posicionado el Tribunal Supremo por el momento, por lo que estamos a la espera de una sentencia que sería firme y de obligado cumplimiento para las partes.

Es importante señalar que, dado que el conflicto se inició por UGT el 11 de agosto de 2015, el periodo que podrá reclamar el trabajador es de un año anterior a esa fecha, por lo que es reclamable cualquier periodo vacacional desde el 11 de agosto de 2014 hasta la fecha en la que resuelva el TS. Con independencia de que es recomendable interponer reclamaciones previas ante la empresa reclamando todas las claves (por si el fallo fuera en ese sentido), exigiremos que ADIF aplique la sentencia y abone de oficio a todos los trabajadores las cantidades económicas dejadas de percibir.

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