Comisión Paritaria del I Convenio Colectivo del Grupo RENFE

Ayer quedó constituida la Comisión Paritaria del I Convenio Colectivo del Grupo RENFE, cuya parte social estará compuesta por UGT, SEMAF, CCOO, y SF, los firmantes del convenio.

Tras la constitución, se celebró la primera reunión de dicha Comisión, en la que se inició el análisis de la interpretación de la Disposición Transitoria Primera del Convenio Colectivo, que establece lo siguiente: “A todo el personal que, a la fecha de la firma de este Convenio Colectivo, perteneciese al Grupo RENFE, le serán de aplicación los periodos de permanencia en los subgrupos profesionales, para acceder a los grupos o subgrupos profesionales superiores, vigentes con anterioridad a la firma del presente convenio colectivo, computándoseles los periodos trabajados a dichos efectos”.

Al dar lugar a distintas interpretaciones, la Comisión Paritaria, que ha reanudado hoy la reunión, ha aclarado el contenido de dicha transitoria, que supone que los trabajadores con relación contractual a 31 de diciembre de 2015 y los contratados como consecuencia de las renuncias u otros motivos con fecha 1 de febrero de 2016, mantendrán los derechos que tenían al ser contratados, es decir, los que marcaba el II CC de RENFE Operadora.

Estos ingresos se produjeron como consecuencia del acuerdo de desconvocatoria de huelga de UGT del 10 de junio de 2015, ratificada por el CGE el 11 de junio, abriendo la puerta a la generación de empleo en el Grupo RENFE en Fabricación y Mantenimiento, Comercial y Cuadros Técnicos.

Desde UGT hemos propiciado que la Comisión Paritaria tuviese la mayoría suficiente para aclarar la interpretación de esta Disposición, gracias a lo cual se han reconocido por fin los derechos de los trabajadores afectados, a efectos de promoción interna automática conforme a Normativa Laboral.

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