Maniobras empresariales tramposas en el sector Contact Center

El desconocimiento de un trabajador o trabajadora respecto a ciertos procedimientos burocráticos no puede ser aprovechado torticeramente por la empresa para perjudicarle.

Debemos llamar la atención respecto a cierto trilerismo empresarial que perjudica a los trabajadores y trabajadoras de nuestro sector. Traemos a colación una sentencia de Tribunal Superior de Justicia de Canarias (sede de Las Palmas). Resumimos lo sustancial de la misma:

Una trabajadora de turno de tarde de 35 horas de jornada, pide una reducción de la misma por guarda legal a 20 horas con concreción horaria durante dos años.

La empresa, en lugar de aceptar la petición, pone sobre la mesa un documento donde la trabajadora acuerda con la empresa una reducción de jornada con el horario que había solicitado y durante los dos años solicitados.

Meses más tarde, la trabajadora solicita cambiar su horario de trabajo a otro distinto a lo solicitado. La empresa le indica que no puede hacerlo alegando que la trabajadora no es una persona de 35 horas con reducción por guarda legal a 20, sino que es -simplemente- una trabajadora de 20 horas.

Se evidencia, por tanto, la mala fe de la empresa que, aprovechándose del desconocimiento del trabajador ante una petición, le hace creer que tiene algo que no tiene.

Recordemos que la reducción de jornada con concreción horaria tiene protección en casos de despido, cotiza en la Seguridad Social como tu jornada original los dos primeros años, y además, en caso de despido la indemnización se calcula con el salario sin reducir –no hay limitación temporal-.

Conclusiones y precauciones

Hay empresas que se dedican en lugar de cuidar a sus trabajadores y trabajadoras, para que sean más productivos, a ver cómo pueden timarles en un ejercicio de trilerismo que produce vergüenza ajena.

La empresa tiene que aceptar los documentos que se les entreguen para ejercer tus derechos en el formato que tú les des. Solicita siempre un “recibí” de la empresa, puesto que será la prueba que tengas de que entregaste ese documento.

Recientemente otra empresa no aceptaba la solicitud de reposapiés a la que legalmente tenemos derecho si lo pedimos “porque la solicitud tenía el logotipo de UGT” Semejante argumento le ha costado a la empresa una resolución de la Inspección de Trabajo y una Tutela Sindical, porque vuestras solicitudes/peticiones/demandas pueden tener el logotipo que os parezca oportuno.

¡Mucho cuidado con qué se firma! De hecho la trabajadora a la que aludimos perdió el juicio en primera instancia, precisamente porque había firmado ese acuerdo novatorio en el que se reducía la jornada. Tuvo que recurrir al TSJ que estimó su recurso. Que, además de darle la razón, condenó a la empresa a pagarle 3.500 euros. La trabajadora no estaba afiliada a UGT y los abogados no son baratos.

¿Qué es lo más recomendable como trabajador?

Os recomendamos la afiliación a UGT, en el sector contact center, porque incluso las empresas de la patronal han optado por prácticas tramposas. La empresa en la que ocurrieron los hechos es Emergia.

Nuestros delegados y los equipos jurídicos os asesorarán en todo lo relativo a este u otros asuntos: excedencias, vacaciones, despidos, permisos retribuidos…

Posiblemente los servicios jurídicos de UGT sean los más prestigiosos laboralistas de España, y especialmente en el sector de contact center:

  • UGT es el sindicato que consiguió que los tribunales dejaran claro que las empresas deben dar una pausa por PVD por cada hora de trabajo  (Sentencia del TSJ de Cantabria por denuncia de UGT de Unitono en 2007). Sabemos que hay un sindicato que no ha conseguido ninguna pausa para nadie –porque las da el Convenio que no firman- que habitualmente cuenta que fueron ellos aludiendo a una Sentencia posterior… Mentir a los trabajadores está feo.
  • UGT es el sindicato que prohibió la exigencia de que los justificantes para ir al médico tuvieran hora de entrada y de salida para ser considerados válidos (Sentencia del Tribunal Supremo de 25/5/2007 en Unísono). Por cierto, ahí ese mismo sindicato tragó y pacto con la empresa antes de la demanda, esa exigencia allí donde tenían mayoría absoluta.
  • UGT es el sindicato que consiguió que se eliminara del contact center la obligación de reducir la jornada de manera diaria, y nos podemos quitar días completos (Sentencia de la Audiencia Nacional del 23/3/2015y confirmada por el TS en Transcom).
  • UGT es el sindicato que impugnó la fórmula del artículo 50 del Convenio (retribución en vacaciones) y hemos conseguido que la paga del artículo 50, sea un 8% superior a lo que era. (Sentencia de la AN de 23/11/16 confirmada por el Tribunal Supremo).

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